Como en años anteriores, INVASSAT ha publicado ya su Plan de Actuación contra la Siniestralidad en la Comunidad Valenciana para este año, donde se clasifican a las empresas de la Comunidad Valenciana en función de la siniestralidad registrada, siendo requeridos en algunos casos la realización de algunos trámites de forma obligatoria.

Los trámites a realizar de forma voluntaria u obligatoria para algunas empresas (en función de su clasificación) son de tipo telemático y para su realización se requiere la disposición de un certificado digital. Este año las empresas incluidas en este Plan de Actuación contra la Siniestralidad ya no recibirán cartas físicas para trasladar a las empresas la correspondiente comunicación, sino que esa notificación ya se realizará también de forma telemática a través del Buzón del Ciudadano de cada empresa. Este cambio, sobre todo, tiene una repercusión importante para las pequeñas empresas que no están tan habituadas a este tipo de comunicaciones y que en ocasiones deben recurrir a sus empresas gestoras.

En cuanto al tipo de trámite a realizar no hay novedad con respecto al año pasado; siguen siendo los mismos cuestionarios, incluyendo el específico que, por segundo año, vuelve a ser Trastornos Músculo-Esqueléticos (TME). Como en otras ocasiones, a cada empresa incluida en el Plan de Siniestralidad se le asigna la realización de un trámite concreto, en caso de requerirlo, no siendo posible la elección del mismo.

Por otra parte, INVASSAT establece unos plazos máximos para que las empresas den respuesta a los trámites requeridos en cada caso, en función de los grupos en los que hayan sido clasificadas. Las empresas clasificadas en grupo A o G tienen de plazo hasta el 1 de Abril; las clasificadas en los grupos B y C hasta el 1 de Mayo, y, finalmente, las del grupo D hasta el 1 de Junio.

Una cuestión importante es que las empresas que no cumplan con los trámites que les sean requeridos recibirán una visita por parte de los técnicos de INVASSAT, independientemente del grupo en el que hayan sido clasificadas, aunque inicialmente dicho grupo no incluya visita.

Desde SERMESA queremos ayudarles en el cumplimiento de estos requisitos, así como en la resolución de las dudas que pudieran planteárseles, por lo que estamos como siempre a  disposición de nuestros clientes.