Reconocimiento Médico a Personal Ferroviario
Es un reconocimiento médico basado en la normativa de 1998 del XII Convenio Colectivo de la Red Nacional de Ferrocarriles Españoles [Aplicado en el Artículo 552 de la normativa laboral de ADIF y RENFE]
Los centros médicos de SERMESA estan homologados y autorizados por el Ministerio de Fomento (AESF) para realizar los reconocimientos médicos y psicofísicos para el personal ferroviario. Además de todos los trabajadores de las empresas que se encuentren dentro de este ámbito legal, entre otros los siguientes:
Para
- Personal de Circulación:
- Responsable de Circulación.
- Auxiliar de Circulación.
- Personal de Infraestructura:
- Encargado de los trabajos.
- Operador de maquinaria de infraestructura.
- Piloto de seguridad en la circulación.
- Personal de Operaciones del Tren:
- Auxiliar de las operaciones de tren.
- Operador de vehículos de maniobras.
- Cargador.
- Personal de Circulación del Tren:
- Título de Conducción de Vehículos Ferroviarios de Categoría A.
- Título de Conducción de Vehículos Ferroviarios de Categoría B.
- Técnico de mantenimiento de material rodante ferroviario.
Requerimientos
- DNI/NIE o pasaporte en vigor.