Vigilancia de la Salud
La Medicina del Trabajo forma parte del conjunto de actividades que componen la Prevención de Riesgos Laborales, como ha quedado definido en la Ley 39/1997 (Reglamento de los Servicios de Prevención). Además, es una especialidad médica con identidad propia.
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La Medicina del Trabajo tiene por objeto la persona y su estado de salud en relación con los factores de riesgo del puesto. Además es una especialidad de la prevención de riesgos laborales que se une a las de Seguridad, Higiene Industrial y Ergonomía y Psicosociología Aplicada.
Por otra parte, según la OMS, el objeto de esta especialidad médica es cualquier factor que altere el adecuado estado del bienestar físico, mental o social que afecte a la persona en su trabajo.
Una de las tareas encomendadas a la Medicina del Trabajo es la Promoción de la Salud en las empresas. En resumen, ésta es un conjunto de tareas cuya finalidad es desarrollar programas de prevención de enfermedades comunes.
Aunque estas actividades no forman parte de los objetivos prioritarios de la Medicina del Trabajo, indudablemente el médico que tiene a su cargo la salud de un colectivo determinado de personas, no puede ni debe ceñirse a la enfermedad profesional, sino que su objetivo final debe ser la consecución de un buen estado de salud del personal a su cargo, previniendo tanto la enfermedad profesional como la enfermedad común.
Finalmente, destacar que el Servicio de Prevención de SERMESA, dada su dilatada experiencia en materia de Salud Laboral, adapta los exámenes médicos practicados a los riesgos inherentes de cada puesto de trabajo, realizando los protocolos específicos del puesto y condicionantes específicos del trabajador.